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REGLAMENTO ESCOLAR
MANUAL DE CONVIVENCIA
(Tomado
del Proyecto Educativo Institucional (PEI)
del COLEGIO LA QUINTA DEL PUENTE. Prohibida
su reproducción total o parcial.)
COMPROMISO DEL ESTUDIANTE
6. Sanciones
Ante el
incumplimiento de los aspectos mencionados en el Manual
de Convivencia, el estudiante puede obtener cualquiera de
las siguientes sanciones de acuerdo con la gravedad de la
falta cometida:
- Llamado
de atención en forma oral y/o escrita.
- Llamado
de atención por escrito con copia a la hoja de
vida.
- Suspensión
temporal de clases, ante cualquiera de las FALTAS
GRAVES contempladas en el punto 5.
Las evaluaciones, quices y repasos que se
apliquen en esas fechas, no se programarán en
fecha extemporánea. El alumno tendrá 0.
- El
alumno que impida desarrollar normalmente una
clase, no podrá continuar en el aula durante la
clase.
- El
alumno que no presente firmado el desprendible de
una comunicación enviada a los Padres de
Familia, no ingresará a clase hasta que no
cumpla su compromiso.
- El
alumno que no tenga completo el uniforme, no
ingresará a clase.
- El
alumno que no utilice la placa de identificación
con su nombre, no ingresará a clase.
- Quien
llegue tarde a clase en más de tres fechas,
será suspendido por un día a clase.
- Los
objetos que se decomisen, tales como celulares,
iPod, etc., se entregarán a los padres de
familia, un mes después de la fecha en la cual
se decomisó.
- Asignación
de trabajos extras: Investigación, cartelera,
exposición de un tema especial.
- Matrícula
condicional.
- Cancelación
de la matrícula (con autorización del Consejo
Directivo). Las faltas graves, el incumplimiento
de sanciones, o la reincidencia en las fallas,
son causas para cancelar la matrícula o para no
obtener el cupo para el año siguiente.
- El
alumno que durante el año lectivo presente
faltas frecuentes y no demuestre interés por
superarse, no recibirá el cupo para el año
siguiente.
- El
alumno que dañe equipos, muebles, puertas,
pupitres y demás elementos, responderá por los
costos correspondientes al daño efectuado.
Igualmente quien por descuido dañe o pierda
implementos deportivos. Si los daños se
presentan dentro del aula y no se logra
identificar al responsable, todo el grupo
responderá por el daño. Ejemplo: daños en
carteleras, ventiladores, equipos, etc.
- Las
que determine el Consejo Directivo, una vez
analice las faltas graves del alumno.
FALTAS
QUE IMPLICAN CANCELACION DE LA MATRICULA, SIGUIENDO EL
DEBIDO PROCESO:
- Traer al Colegio
cigarrilos, licor o sustancias psicoactivas.
- Consumir dentro del
Colegio licor o sustancias psicoactivas.
- Ingresar al Colegio
en estado de embriaguez.
- Vender dentro del
colegio licor, cigarrillos o sustancias
psicoactivas.
- Cualquier falta que
afecte psicológicamente o moralmente al personal
directivo, docente, administrativo o alumnos del
Colegio La Quinta del Puente.
- Cualquier falta que
a juicio del Consejo Directivo, afecte el normal
desarrollo de las actividades en el Colegio y la
sana convivencia.
- Sobornar o intentar
sobornar a un docente o a cualquier funcionario
del colegio con el fin de obtener los temas de
las evaluaciones, ayuda de cualquier tipo o
modificación de calificaciones.
PROCEDIMIENTO:
Para sancionar por las faltas graves, se aplicará el
siguiente procedimiento:
- Se
oirán los descargos o justificaciones del
correspondiente estudiante.
- Para
cancelar la matrícula a un alumno en el
transcurso del año lectivo, se seguirá el
debido proceso y se solicitará autorización al
Consejo Directivo, dando así cumplimiento a las
normas legales.
- Se
citará a los Padres de Familia o Acudiente y se
le notificará de la falta grave cometida por el
estudiante en el Plantel o fuera del él y las
sanciones correspondientes.
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